Cuarto Convenio colectivo estatal del sector de radiodifusión comercial sonora. Resumen

Vigor 2021-2022

Código de Conv. Núm. 99100095012012

(BOE, 28-01-2022)

RESUMEN

1. Entrada en vigor y duración

1.1. Ámbito funcional

El presente Convenio colectivo regula las relaciones de trabajo en las empresas de radiodifusión comercial sonora, siempre que no estén afectadas por Convenio colectivo propio.

A efectos de aplicación de este Convenio colectivo, se entiende por radiodifusión comercial todas las empresas de radiodifusión, cualquiera que sea el contenido de su parrilla de programación, y la tecnología o procedimiento empleado para su difusión y/o comunicación pública y/o puesta a disposición.

No obstante lo anterior, en el supuesto que existan capítulos que total o parcialmente no estuvieren regulados en los Convenios de ámbito inferior al que en este Convenio colectivo se define como propio del sector de radiodifusión comercial, las partes legitimadas para su firma podrán, previo acuerdo, regular dichos capítulos tomando como referencia lo expuesto en este Convenio colectivo.

1.2. Ámbito temporal

El presente Convenio será de aplicación desde el 1 de enero de 2021 y extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.

Se considerará prorrogado automáticamente en sus propios términos por años sucesivos si no es denunciado por cualquiera de las partes antes del último mes de su vigencia.

Una vez denunciado, permanecerá vigente su contenido normativo, así como las obligaciones derivadas del mismo, hasta que sean sustituidas por otro Convenio.

2. Condiciones económicas

2.1. Salarios base mínimo de grupo año

Se asigna a los trabajadores encuadrados en los grupos profesionales del artículo 17.4 del Convenio colectivo, los SBMG siguientes:

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