XII Convenio colectivo de trabajo de establecimientos sanitarios de hospitalización, asistencia, consulta y laboratorios de análisis clínicos. Resumen

Vigor 2023-2025

Código de Conv. Núm. 79000815011994

(DOGC, 23-09-2024)

RESUMEN

1. Entrada en vigor y duración

1.1. Ámbito funcional

Este Convenio colectivo se aplica a los centros que a continuación se detallan que estén comprendidos en el ámbito territorial a que se refiere el artículo 2:

Todos los establecimientos sanitarios de hospitalización, asistencia, consulta y laboratorios de análisis clínicos, siempre que el centro no pertenezca al sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT).

Centros sociosanitarios y centros de salud mental que no acrediten unos ingresos habituales y continuados superiores al 50% de su facturación provenientes de la actividad concertada y/o contratada con el CatSalut.

Residencias de tercera edad en que su actividad sea fundamentalmente sanitaria.

1.2. Ámbito temporal

Este Convenio colectivo entrará en vigor al día siguiente del día en que sea firmado, excepto en aquellos artículos que se pacte una entrada en vigor diferente.

La duración de este Convenio es de 3 años, con fecha de inicio el 1 de enero de 2023 y finalización el 31 de diciembre del año 2025.

El presente Convenio se entenderá prorrogado automáticamente de año en año, desde el día 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año siguiente a su vencimiento, o de sus prórrogas, si ninguna de las partes legitimadas procede a su denuncia, de conformidad con lo que se fija en el párrafo siguiente.

1.3. Prelación de normas

Las normas contenidas en este Convenio regulan las relaciones entre las empresas que comprende y sus personas trabajadoras, con carácter preferente, siempre que no contradigan la legalidad vigente.

Con carácter supletorio, en todo lo no previsto en el Convenio, se aplicarán las disposiciones del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones laborales de carácter general.

2. Condiciones económicas

2.1. Salario de convenio

Para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, se acuerda implementar un incremento del 4% sobre los conceptos retributivos del Convenio Colectivo, tal y como queda reflejado en las tablas salariales que se anexan.

A 1 de enero de 2024 se aplicará un incremento adicional del 0,5% sobre todos los conceptos retributivos del Convenio Colectivo, tal y como queda reflejado en las tablas salariales que se anexan.

Las tablas salariales, teniendo en cuenta las concreciones de abono mencionadas, de los años 2023, 2024 y 2025, se adjuntan como anexo a este Convenio.

Los importes señalados en las tablas se entienden referidos a la jornada completa del Convenio, percibiéndose a prorrata en otro caso.

2.2. Tablas salariales 2023-2025

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