Convenio Colectivo de trabajo para el sector de empleados de notarías de la comunidad autónoma de Cataluña. Texto
Vigor 2009
Código de Conv. Núm. 7902315
(DOGC, 22-02-2010)
Capítulo 1
Disposiciones generales
Artículo 1
Ámbito territorial
Coincidirá con el territorio del Colegio Notarial de Catalunya.
Artículo 2
Ámbito funcional
Regulará las relaciones laborales de los Notarios con sus empleados.
Artículo 3
Ámbito personal
1. Las disposiciones de este Convenio obligarán a todos los Notarios y a todos sus empleados, entendiendo por tales quienes estén al servicio regular del Notario, en el desarrollo de la propia actividad notarial.
2. Constituye el centro de trabajo el despacho u oficina donde el Notario desempeña su función notarial.
Artículo 4
Ámbito temporal
El presente Convenio entrará en vigor el día 1 de enero de 2009 y tendrá vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2009.
Artículo 5
Prórroga y denuncia
Si llegada la fecha señalada como término final de vigencia el Convenio no hubiera sido denunciado se entenderá prorrogado tácitamente por períodos anuales completos.
Con tres meses de antelación como mínimo a la fecha de vencimiento del Convenio o de cualquiera de sus prórrogas, cualquiera de las partes podrá denunciar el Convenio.
La denuncia efectuada por una de las partes deberá realizarse por escrito que deberá ser trasladado a la otra. La comunicación deberá registrarse en el Departament de Treball de la Generalitat de Catalunya.
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