Convenio Colectivo de puertos y dársenas deportivas de Catalunya. Resumen
Vigor del 21-10-2016 al 31-12-2020
Código de Conv. Núm. 79100165012017
(DOGC, 02-02-2017)
RESUMEN
1.1. Ámbito funcional
1.2. Ámbito temporal
1.3. Derecho supletorio
2. Condiciones económicas
2.1. Características de la retribución
2.2. Tabla salarial 2017
2.3. Horas extraordinarias
2.4. Gratificaciones extraordinarias
2.5. Complemento de nocturnidad
2.6. Complemento personal por supresión de la antigüedad
3. Revisión salarial del convenio colectivo
3.1. Revisión salarial 2020 (DOGC, 16-06-2020)
3.2. Revisión salarial 2019 (DOGC, 06-05-2019)
3.3. Revisión salarial 2018 (DOGC, 23-03-2018)
3.4. Revisión salarial
4. Jornada de trabajo, fiestas y vacaciones
4.1. Jornada laboral
4.2. Calendario laboral
4.3. Jubilación parcial
4.4. Vacaciones
5.1. Excedencias
5.2. Licencias
5.3. Reducción de jornada por motivos familiares
6. Salidas, dietas y viajes y quebrantos de monedas
6.1. Gastos de viajes y desplazamientos
7. Tipos de contratos de trabajo y su duración
7.1. Características generales de los contratos y del personal
7.2. Contrato por obra o servicio determinado
7.3. Contratos eventuales por circunstancias de la producción
7.4. Contrato de interinato
7.5. Contrato a tiempo parcial
7.6. Contratos fijos-discontinuos
8. Periodos de prueba
9. Régimen disciplinario
9.1. Faltas
9.2. Sanciones
9.3. Prescripción
10. Fechas de preaviso por finalización de la relación laboral
11. I.T. Condiciones especiales
11.1. Enfermedad y accidente de trabajo
1. Entrada en vigor y duración
El presente convenio regula las relaciones laborales y las condiciones de trabajo de todas las empresas y entidades, cualquiera que sea su forma jurídica, que tengan por objeto la explotación, mantenimiento y gestión de puertos, y dársenas deportivas de Cataluña. A título enunciativo, pueden ser sociedades mercantiles, ya sean públicas o privadas, consorcios y clubs náuticos.
En todo aquello no pactado en el presente convenio se tiene que estar a lo que disponga en cada materia el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, que aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los trabajadores, normas concordantes y la restante legalidad vigente, en especial a la Ley 5/1998 de 17 de abril de Puertos de Cataluña.
Este convenio entrará en vigor el día de su firma por las partes negociadoras, con independencia de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2020.
El presente convenio se aplicará de forma supletoria en todas aquellas materias no reguladas en Convenios colectivos de ámbito inferior.
2.1. Características de la retribución
Las condiciones retributivas del personal afectado por el presente convenio serán las contenidas en las tablas de condiciones económicas que se adjuntan como anexo I, y que establecen las mismas para el ejercicio 2017.
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