Convenio colectivo de Catalunya de cueros, repujados, marroquinería y similares. Resumen
Vigor 2024-2026
Código de Conv. Núm. 79000115011994
(DOGC, 11-10-2024)
RESUMEN
1.1. Ámbito funcional
1.2. Vigencia
1.3. Derecho supletorio
2. Condiciones económicas
2.1. Salarios 2024, 2025 y 2026 e incrementos anuales
2.2. Tablas salariales 2024
2.3. Horas extraordinarias
2.4. Antigüedad
2.5. Beneficios
2.6. Pagas extraordinarias
2.7. Prendas de trabajo
2.8. Externalización premio de jubilación
2.9. Regulación de trabajos tóxicos
3. Revisión salarial del convenio colectivo
3.1. Revisión salarial
4. Jornada de trabajo, fiestas y vacaciones
4.1. Jornada laboral
4.2. Régimen de descansos
4.3. Flexibilidad en la jornada ordinaria de trabajo con obligación de recuperación. Adaptación de la jornada a necesidades formativas o conciliatorias
4.4. Calendario laboral
4.5. Flexibilidad
4.6. Vacaciones
4.7. Jubilación
4.8. Trabajo a distancia y desconexión digital
5. Permisos y excedencias
5.1. Reducciones de jornada
5.2. Permisos y licencias retribuidas
5.3. Licencias para estudios y licencias sin sueldo
5.4. Excedencias
5.6. Suspensión del contrato a causa de dificultades de inserción social y familiar del menor adoptado o acogido
5.7. Reducción de jornada por guarda legal o cuidado de familiares
5.8. Licencia a cargos sindicales
5.9. Permiso por cargo sindical
6. Salidas, dietas y viajes y quebrantos de monedas
7. Tipos de contratos de trabajo y su duración
7.1. Contrato para la formación y aprendizaje
7.2. Contrato formativo para la obtención de práctica profesional
7.3. Contrato a tiempo parcial
7.4. Contrato de relevo y jubilación parcial
7.5. Contrato por circunstancias de la producción
7.6. Régimen común de los contratos de duración determinada
7.7. Empresas de trabajo temporal
8. Periodos de prueba
9. Régimen disciplinario
9.1. Faltas
9.2. Sanciones
9.3. Prescripciones
10. Fechas de preaviso por finalización de la relación laboral
11. I.T. Condiciones especiales
11.1. Accidente de trabajo
11.2. Ayuda escolar
11.3. Póliza de seguros
11.4. Reconocimientos médicos
11.5. Protección a la maternidad
1. Entrada en vigor y duración
El Convenio obliga a todas las empresas de cueros, repujados, marroquinería, estuchería, cinturones, ligas y tirantes, correas de reloj, guarnicionería, talabardería, artículos de deportes, artículos de viaje y botonería.
El presente Convenio entrará en vigor el 1 de enero de 2024, a todos sus efectos. Su duración será hasta el 31 de diciembre de 2026.
Este Convenio podrá ser prorrogado de año en año por tácita reconducción, si no mediase denuncia del mismo.
En todo lo no previsto en el presente Convenio regirán las normas para las Industrias de la piel, Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones de obligado cumplimiento.
2.1. Salarios 2024, 2025 y 2026 e incrementos anuales
El incremento anual de las tablas de salarios para el año 2024, con vigencia desde el día 1 de enero de 2024, serán las que regían en 2023 aumentadas con el 3,1 %.
Para el año 2025, las tablas salariales con efectos de 1 de enero serán las que resulten de incrementar en un 3% las tablas salariales del 2024.
Para el año 2026, las tablas salariales con efectos de 1 de enero serán las que resulten de incrementar en un 2% las tablas salariales del 2025.
Las empresas negociarán con los representantes legales de las personas trabajadoras la forma del pago de los atrasos devengados desde enero de 2024, estableciendo como plazo máximo tres meses desde la publicación del convenio.
Área de producción
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