Convenio colectivo laboral de fabricación de alimentos compuestos para animales. Resumen
Vigor 2019-2025
Código de Conv. Núm. 99000275011981
(BOE, 23-11-2021)
RESUMEN
1.1. Ámbito funcional
1.2. Ámbito temporal
1.3. Normativa supletoria
2. Condiciones económicas
2.1. Salario mínimo de convenio
2.2. Tabla salarial 2021
2.3. Tabla salarial 2020
2.4. Tabla salarial 2019
2.5. Antigüedad
2.6. Horas extraordinarias
2.7. Prendas de trabajo
2.8. Complemento de nocturnidad
2.9. Penosidad
2.10. Prima de asistencia
2.11. Complementos de vencimiento periódico superior al mes
2.12. Pago de haberes
2.13. Complemento salarial por guardia de mantenimiento
3. Revisión salarial del convenio colectivo
3.1. Revisión salarial definitiva 2023 y provisional 2024 (BOE, 06-04-2024)
3.2. Revisión salarial definitiva 2022 y provisional 2023 (BOE, 21-03-2023)
3.3. Revisión salarial definitiva 2021 y provisional 2022 (BOE, 30-05-2022)
3.4. Acuerdo sobre fraccionamiento del pago de atrasos (BOE, 30-05-2022)
3.5. Incremento salarial
3.6. Cláusula de revisión salarial al alza
4.1. Jornada laboral
4.2. Vacaciones
4.3. Jubilación
4.4. Jubilación parcial
5. Permisos y excedencias
5.1. Excedencias
5.2. Licencias
5.3. Permiso por nacimiento
6. Salidas, dietas y viajes y quebrantos de monedas
6.1. Gastos de desplazamientoa
6.2. Quebranto de moneda
7. Tipos de contratos de trabajo y su duración
7.1. Contratos formativos
7.2. Contratos de duración determinada
8. Periodos de prueba
9. Régimen disciplinario
9.1. Faltas
9.2. Sanciones
10. Fechas de preaviso por finalización de la relación laboral
11. I.T. Condiciones especiales
11.1. Indemnización en caso de muerte o invalidez permanente por causa de accidente o enfermedad profesional
11.2. Complementos por situación de baja por incapacidad temporal
11.3. Comedores
1. Entrada en vigor y duración
El presente Convenio regula las relaciones laborales entre las empresas dedicadas a la fabricación de alimentos compuestos para animales, cualquiera que sea su denominación y forma de constitución y el personal que en ellas presta sus servicios.
Asimismo quedan comprendidas en el ámbito de este Convenio las actividades auxiliares, tales como fabricación de premezclas, secaderos de maíz, deshidratación de alfalfa, almacenes, transportes propios, talleres mecánicos de reparación de maquinaria, granjas de experimentación y otras, siempre que constituyan dependencias de la propia empresa y estén al servicio de la industria principal.
El convenio colectivo tendrá una duración de siete años (de 1 de enero de 2019, a 31 de diciembre de 2025). No obstante lo anterior, sus efectos económicos se retrotraerán al 1 de enero de 2019, y entrará en vigor a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Con independencia de lo anterior, los atrasos que se hubieren devengado desde el 1 de enero de 2019 hasta diciembre 2020 (1/1/2019-31/12/2019)– (1/1/2020-31/12/2020) serán abonados al mes siguiente de la firma del Convenio colectivo.
En lo no previsto o regulado en este Convenio serán de aplicación las normas que sobre la materia vengan establecidas por la legislación general.
2.1. Salario mínimo de convenio
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 84.2 del estatuto de los trabajadores relativo a la prioridad aplicativa de los convenios de empresa respecto al convenio estatal, Las partes acuerdan establecer un salario mínimo de convenio de 15.000 euros anuales, que entrará en vigor el 1 de enero de 2018. Para el cálculo anual se computará el salario base de 16 pagas y la prima de asistencia elevada al año, para lo cual se multiplicará su importe diario × 242 días teóricos (220 días de trabajo y 22 días de vacaciones).
No obstante su inclusión en el cálculo, la prima de asistencia continuará siendo abonada como un concepto separado del salario base y de la forma indicada en el artículo 22 del convenio.
En los casos de jornada reducida o a tiempo parcial, el salario mínimo de convenio se aplicará de forma proporcional a la jornada efectiva realizada.
Tabla salarial provisional año 2021 con el 0,5 % sobre los salarios definitivos de 2020 + 2,8 %
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